Anexo 24 Apartado C: cuando el control de inventarios se vuelve una obligación de TI
En breve: para las empresas con certificación IVA/IEPS, el control de inventarios no es solo un registro que debe estar bien: es un sistema que debe estar disponible en línea para la autoridad y actualizado de forma oportuna (la referencia operativa citada por fuentes especializadas: dentro de ~48 horas de los actos correspondientes). Eso convierte temas clásicos de TI —credenciales, perfiles de consulta, firewall, uptime, cargas por lotes— en riesgos de cumplimiento capaces de escalar hasta la certificación misma. Esta página traduce el Apartado C del Anexo 24 a un checklist operativo entre comercio exterior y TI.
Aviso editorial. Material de orientación general; no constituye asesoría legal, fiscal ni aduanera. El texto aplicable es el Anexo 24 de las RGCE vigentes y las reglas de certificación correspondientes; verifica alcance y plazos exactos con tu asesor. Sitio editorial independiente operado por Heberey LLC.
Por qué existe esta obligación
La certificación IVA/IEPS da a la empresa un beneficio mayor: el crédito fiscal que evita desembolsar IVA/IEPS en cada importación temporal. La contraparte de ese beneficio es transparencia reforzada: la autoridad no quiere pedir reportes y esperar; quiere poder consultar el sistema de control de inventarios directamente y encontrar la información al día.
Por eso el descuadre típico de estas empresas ya no se descubre en una visita: la revisión puede empezar desde el escritorio de la autoridad, entrando al sistema de la empresa. Y por eso el primer punto de falla ya no es el dato — es el acceso.
Los tres modos de falla (ninguno es de datos)
Los casos que documentan los despachos especializados comparten un patrón: la información existía y hasta era correcta, pero la obligación se incumplió igual.
| Modo de falla | Ejemplo típico |
|---|---|
| No se puede entrar | Firewall o VPN reconfigurados sin avisar; credenciales de consulta vencidas; el usuario de la autoridad se dio de baja en una depuración de cuentas |
| Se entra, pero no se ve lo debido | Perfil de consulta mal armado: módulos ocultos, permisos incompletos, reportes que no cargan para usuarios de solo lectura |
| Se ve, pero está desactualizado | El ERP alimenta el sistema por lotes semanales o mensuales; la información de los despachos recientes aún no existe en el sistema al momento de la consulta |
El tercero es el más traicionero: la conciliación mensual “cuadra perfecto” en papel, pero el sistema consultado un martes cualquiera va días o semanas atrás de la operación. Contra un estándar de actualización de horas, una arquitectura de carga por lotes es un incumplimiento estructural, no un descuido puntual.
Qué puede pasar si falla
Un intento de acceso fallido puede derivar en requerimientos, y las fuentes especializadas documentan procedimientos orientados a cancelar la certificación cuando el acceso en línea no funciona. Perder la certificación no es una multa: es perder el crédito fiscal — es decir, volver a pagar (o garantizar) IVA/IEPS en cada importación temporal, con el golpe de flujo que eso significa (el mecanismo se explica en la guía del Anexo 31 y el SCCCyG).
Dimensionado así, el “tema de TI” compite en riesgo con cualquier contingencia fiscal de la empresa.
Checklist operativo TI + comercio exterior
Un punto de partida para revisar internamente (adaptar a tu caso con tu asesor):
Accesos
- Credenciales de consulta para la autoridad vigentes y probadas (no “creadas hace dos años”).
- Prueba periódica de acceso desde fuera de la red de la empresa, simulando el camino real de la autoridad.
- Perfil de solo consulta verificado: ve todos los módulos y reportes que debe ver.
- Alta/baja de usuarios documentada; las depuraciones de cuentas excluyen explícitamente los usuarios de autoridad.
Disponibilidad
- Cambios de firewall/VPN/red pasan por una revisión que pregunta “¿afecta el acceso de la autoridad?”.
- Ventanas de mantenimiento definidas y bitácora de caídas del sistema.
- Responsable nombrado (nombre y suplente) para el acceso de la autoridad.
Actualización
- Medido: ¿cuánto tarda una operación de comercio exterior en reflejarse en el sistema? (SLA interno contra el estándar de horas, no de semanas).
- Si el ERP alimenta por lotes: frecuencia revisada contra la obligación, no contra la costumbre.
- Alerta interna cuando la interfaz ERP → sistema de inventarios falla o se atrasa.
Evidencia
- Bitácora de accesos conservada (quién entró, cuándo).
- Resultado de cada prueba periódica de acceso documentado.
- El software de Anexo 24 evaluado también por esto: perfiles de consulta, logs y capacidad de actualización oportuna, no solo por sus reportes.
Preguntas para tu especialista
- ¿Qué alcance exacto tiene el Apartado C para nuestra modalidad de certificación, según el texto vigente?
- ¿Cómo se computa el plazo de actualización y desde qué acto?
- ¿Qué evidencia de disponibilidad y accesos conviene conservar para una revisión?
Fuentes oficiales recomendadas
- el Anexo 24 de las RGCE vigentes (Diario Oficial de la Federación), para el texto aplicable de cada apartado;
- el SAT, para la certificación IVA/IEPS y sus obligaciones;
- SNICE / Secretaría de Economía, para el programa IMMEX;
- y el asesor de comercio exterior de la empresa, para el alcance del caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Apartado C del Anexo 24?
Es la sección del Anexo 24 de las RGCE asociada a las empresas con certificación en materia de IVA e IEPS. Entre sus implicaciones prácticas está que el sistema de control de inventarios debe estar disponible para consulta en línea por la autoridad y mantenerse actualizado respecto a las operaciones de comercio exterior de la empresa. El alcance exacto se verifica contra el texto vigente del anexo.
¿Qué significa 'acceso en línea' en la práctica?
Que la autoridad (típicamente AGACE) pueda entrar al sistema de control de inventarios de la empresa con credenciales de consulta y ver la información actualizada, sin depender de que la empresa exporte reportes. Eso convierte la disponibilidad del sistema —red, credenciales, perfiles, uptime— en una obligación de cumplimiento, no solo en un tema interno de TI.
¿Qué tan actualizado debe estar el sistema?
La referencia operativa que citan las fuentes especializadas es que la información se registre dentro de las 48 horas siguientes a los actos correspondientes. El plazo y su cómputo exactos deben verificarse contra el texto vigente; el punto operativo es que una carga mensual por lotes no cumple un estándar de actualización de días.
¿Qué pasa si la autoridad intenta acceder y no puede?
Un acceso fallido —por firewall, credenciales vencidas, perfil mal configurado o sistema caído— puede derivar en requerimientos y, en escenarios documentados por despachos especializados, en procedimientos orientados a cancelar la certificación. El riesgo no exige que la información sea incorrecta: basta con que no esté disponible cuando la autoridad la busca.
¿De quién es esta obligación dentro de la empresa?
Formalmente, de la empresa certificada. Operativamente, es una obligación compartida entre comercio exterior (contenido del sistema) y TI (disponibilidad, accesos, respaldos). El patrón de falla típico es que cada área asume que la otra la tiene cubierta; el control útil es un responsable nombrado y pruebas periódicas de acceso.